Una dosis de 2mg de fentanilo es suficiente para provocar una sobredosis
FR Informante
Carlos Antonio Martínez Zurita Trejo, diputado del Grupo Parlamentario de Morena, ha propuesto al resto de los diputados mexiquenses reformar y adicionar tres artículos de la Constitución estatal en materia de prevención y combate al fentanilo.
Lo anterior con la finalidad de sancionar a toda la cadena de distribución de drogas sintéticas y, se realice una coordinación total entre las dependencias competentes en combatir al crimen organizado que produce esta sustancia tóxica.
Durante la sesión del pleno del Congreso, el legislador Carlos Zurita, presidente de la Comisión Legislativa de Gobernación y Puntos Constitucionales, expresó en tribuna que su iniciativa tiene la finalidad de que las dependencias y organismos de la administración pública del Gobierno del Estado de México, fomenten una cultura de prevención de las adicciones y del consumo de drogas, drogas sintéticas, fentanilo y derivados mediante el establecimiento de políticas, campañas y acciones permanentes.
De avalarse la propuesta de reforma, las instituciones de salud estarán obligadas a implementar políticas públicas informativas sobre los efectos y daños a la salud que causan las drogas, precursores químicos, sustancias químicas esenciales, drogas sintéticas, fentanilo y derivados.
El legislador realizó un recuento de los operativos que ha emprendido de forma coordinada la autoridad estatal y federal, ya que días atrás, en el Aeropuerto Internacional Felipe Ángeles, se aseguraron seis kilos de fentanilo que tenían como destino los Estados Unidos.
“¿Cuántas vidas se salvaron con este golpe al crimen organizado?”, expresó.
“Hoy no hablamos de leyes en el caso del fentanilo, hablamos de vidas, de jóvenes que pueden tener un futuro o convertirse en una estadística más, hablamos de familias que pueden vivir en paz o sumirse en el dolor, hablamos de una batalla que no es opcional. Es nuestra responsabilidad histórica”, enfatizó Carlos Zurita tras detallar su iniciativa.
Una dosis de 2mg de fentanilo es suficiente para provocar una sobredosis en la mayoría de las personas, de acuerdo con informes de la Secretaría de Salud Federal y la Comisión Nacional Contra las Adicciones.
Se trata de establecer las bases constitucionales, en armonización con la Constitución Federal, para atender de manera eficaz el problema del consumo y las adicciones de las sustancias tóxicas, precursores químicos, el uso ilícito del fentanilo y demás drogas sintéticas no autorizadas, concluyó Martínez Zurita.
En México, se reportaron 318 personas que refirieron acudir a tratamiento por el consumo de fentanilo en 2022, de acuerdo con datos del Observatorio Mexicano de Salud Mental y Consumo de Sustancias, lo que significa un incremento respecto al 2021, en el que se reportaron 184 casos.
La propuesta:
“Cuando el Ministerio Público tenga conocimiento de la comisión de los delitos del orden federal cometidos para la ilegal introducción y desvío, producción, preparación, enajenación, adquisición, importación, exportación, transportación, almacenamiento y distribución de precursores químicos y sustancias químicas esenciales, drogas sintéticas, fentanilo y derivados, para los que el artículo 19 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos ordena prisión preventiva oficiosa, lo hará del conocimiento inmediato y de manera formal al Ministerio Público de la Federación, allegándole de toda la información y pruebas con las que cuenten, a fin de que se inicie la investigación y persecución del delito de conformidad con las leyes de su competencia”, se propone para el artículo 81.
A solicitud de las autoridades federales competentes, el Ministerio Público coadyuvará en las investigaciones y persecución de los delitos cometidos dentro del territorio del Estado de México referidos en el párrafo anterior.
“El juez que en el ámbito de su competencia conozca de delitos cometidos para la ilegal introducción y desvío, producción, preparación, enajenación, adquisición, importación, exportación, transportación, almacenamiento y distribución de precursores químicos y sustancias químicas esenciales, drogas sintéticas, fentanilo y derivados, ordenará la prisión preventiva oficiosamente”.
Mientras que el artículo 86 Bis, indica:
“Las Instituciones de Seguridad Pública, el Ministerio Público y las Instituciones Policiales se coordinarán para prevenir, investigar, perseguir y combatir los delitos previstos en las leyes aplicables cometidos para la ilegal introducción y desvío, producción, preparación, enajenación, adquisición, importación, exportación, transportación, almacenamiento y distribución de precursores químicos y sustancias químicas esenciales, drogas sintéticas, fentanilo y derivados, dentro del territorio del Estado de México”.
La propuesta fue turnada a Comisiones para su valoración.









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